Tuesday 17 October 2017

Opciones De Incentivos Código De Ingresos Internos


26 Código de los Estados Unidos 422 - Opciones sobre acciones de incentivo Opciones sobre acciones de incentivo a) En general, se aplicará la Sección 421 (a) con respecto a la transferencia de una acción de acciones a un individuo en el ejercicio de una opción de incentivo si no En el plazo de dos años a partir de la fecha de otorgamiento de la opción, ni en el plazo de un año a partir de la transferencia de dicha acción, y en todo momento durante el período que comienza a partir de la fecha de otorgamiento de la opción, El día 3 meses antes de la fecha de dicho ejercicio, dicho individuo era un empleado de la corporación que otorga dicha opción, una empresa matriz o subsidiaria de dicha corporación o una corporación o una empresa matriz o subsidiaria de dicha corporación que emite o asume una acción En una transacción a la que se aplica el artículo 424 (a). (B) Opción de compra de incentivos Para los fines de esta parte, el término opción de compra de acciones de incentivo significa una opción otorgada a un individuo por cualquier razón relacionada con su empleo por una corporación, si es otorgada por la corporación empleadora o su matriz o subsidiaria, Pero sólo si la opción se otorga de acuerdo con un plan que incluye el número total de acciones que pueden ser emitidas bajo opciones y los empleados (o clase de empleados) elegibles para recibir opciones, y que es aprobado por Los accionistas de la sociedad otorgante dentro de los 12 meses anteriores o posteriores a la fecha de adopción de dicho plan, dicha opción se otorgará dentro de los 10 años a partir de la fecha en que se adopte dicho plan o la fecha en que dicho plan sea aprobado por los accionistas Sus términos no son ejercitables después de la expiración de 10 años a partir de la fecha en que se otorga la opción, el precio de la opción no es menor que el valor justo de mercado de la acción en el momento en que dicha opción sea concedida por sus términos no es transferible por dicha persona De otra manera que por voluntad o por las leyes de ascendencia y distribución, y se ejerza, durante su vida, sólo por él y dicho individuo, al momento de otorgarse la opción, no posea acciones que posean más del 10 por ciento del total del poder de voto combinado De todas las clases de acciones de la corporación empleadora o de su matriz o sociedad subsidiaria. Dicho término no incluirá ninguna opción si (a partir del momento en que se otorga la opción) los términos de dicha opción establecen que no se tratará como una opción de compra de acciones de incentivo. (C) Reglas especiales (1) Esfuerzos de buena fe en el valor de las acciones Si una parte de la acción se transfiere de acuerdo con el ejercicio por parte de un individuo de una opción que no podría calificarse como una opción de acción de incentivo bajo la subsección (b) Un fallo en un intento, hecho de buena fe, de cumplir con el requisito de la subsección (b) (4), se considerará que se ha cumplido el requisito de la subsección (b) (4). En la medida prevista en los reglamentos por el Secretario, una regla similar se aplicará a los propósitos de la subsección (d). (2) Ciertas disposiciones de descalificación cuando el importe realizado es inferior al valor en el ejercicio Si un individuo que ha adquirido una acción de acciones mediante el ejercicio de una opción de compra de acciones de incentivo hace una disposición de dicha acción dentro de cualquiera de los períodos descritos en la subsección (a) (1), y dicha disposición es una venta o cambio con respecto al cual una pérdida (si sostenida) sería reconocida a tal individuo, entonces la cantidad que es incluyible en el ingreso bruto de tal individuo y la cantidad que es deducible de Los ingresos de la corporación de su empleador, como compensación atribuible al ejercicio de dicha opción, no excederán el exceso (si lo hubiere) de la cantidad obtenida en dicha venta o cambio sobre la base ajustada de dicha acción. (3) Ciertas transferencias por parte de personas insolventes Si un individuo insolvente tiene una participación en acciones adquiridas en virtud de su ejercicio de una opción de incentivo, y si dicha acción se transfiere a un fideicomisario, receptor u otro fiduciario similar en cualquier procedimiento bajo el título 11 O cualquier otro procedimiento similar de insolvencia, ni dicha transferencia, ni ninguna otra transferencia de dicha acción para el beneficio de sus acreedores en dicho procedimiento, constituirá una disposición de dicha acción para los fines de la subsección (a) (1). (4) Provisiones permitidas Una opción que cumpla con los requisitos de la subsección (b) será tratada como una opción de acción de incentivo incluso si el empleado puede pagar por la acción con acciones de la corporación que otorga la opción, el empleado tiene derecho a recibir propiedad En el momento del ejercicio de la opción, o la opción está sujeta a cualquier condición no incompatible con las disposiciones de la subsección (b). El apartado (B) se aplicará a una transferencia de propiedad (excepto en efectivo) sólo si el artículo 83 se aplica a la propiedad así transferida. (5) Regla de accionistas del 10 por ciento El inciso (b) (6) no se aplicará si al momento de otorgarse la opción el precio de la opción es por lo menos el 110 por ciento del valor justo de mercado de las acciones sujetas a la opción y Sus términos no podrán ejercerse después de la expiración de 5 años a partir de la fecha en que se otorgue dicha opción. (6) Regla especial cuando está inhabilitada Para los propósitos de la subsección (a) (2), en el caso de un empleado incapacitado (en el sentido de la sección 22 (e) (3)), el período de 3 meses de la subsección A) (2) será de 1 año. (7) Justo valor de mercado Para efectos de esta sección, el valor justo de mercado de la acción se determinará sin tener en cuenta cualquier restricción que no sea una restricción que, por sus términos, nunca caducará. (D) Limitación de 100.000 por año En la medida en que el valor de mercado total de la acción con respecto al cual las opciones de acciones de incentivo (determinadas sin tener en cuenta esta subsección) puedan ser ejercitadas por primera vez por cualquier individuo durante cualquier año calendario De la corporación de empleadores individuales y sus empresas matrices y subsidiarias) exceda 100,000, estas opciones serán tratadas como opciones que no son opciones de acciones de incentivo. (2) Regla de ordenación El párrafo (1) se aplicará teniendo en cuenta las opciones en el orden en que fueron concedidas. (3) Determinación del valor justo de mercado Para efectos del párrafo (1), el valor justo de mercado de cualquier acción se determinará a partir del momento en que se conceda la opción con respecto a dicha acción. Subsec. (C) (5) a (8). Pub. L. 101508. 11801 (c) (9) (C) (ii), pars. (6) a (8) como (5) a (7), respectivamente, y eliminado el par anterior. (5) Coordinación con los artículos 422 y 424 que dice lo siguiente: Los artículos 422 y 424 no se aplicarán a una opción de compra de incentivos. 1988Subsec. (segundo). Pub. Este término no incluirá ninguna opción si (a partir del momento en que se otorga la opción) los términos de dicha opción establecen que no serán tratados como un Opción de acciones de incentivo. Subsec. (B) (7). Pub. L. 100647. 1003 (d) (2) (B), eliminado par. (7) que se lee como sigue: bajo los términos del plan, el valor justo de mercado agregado (determinado al momento de otorgar la opción) del stock con respecto al cual las opciones de acciones de incentivo son ejercitables por primera vez por dicho individuo durante Cualquier año calendario (bajo todos los planes de la corporación de empleadores individuales y sus empresas matrices y subsidiarias) no excederá de 100,000. Subsec. C) (1). Pub. L. 100647. 1003 (d) (2) (C), subsección sustituida (d) para el párrafo (7) de la subsección (b). 1986Subsec. (B) (7). Pub. L. 99514. 321 (a), añadió el par. (7) y eliminó el par anterior. (7), que reza como sigue: dicha opción por sus términos no puede ejercitarse mientras exista (en el sentido de la subsección (c) (7)) cualquier opción de compra de acciones de incentivo que haya sido otorgada antes de la concesión de dicha opción a tales Individuo comprar acciones en su corporación empleador o en una corporación que (en el momento del otorgamiento de dicha opción) es una empresa matriz o subsidiaria de la corporación empleadora, o en una corporación predecesora de cualquiera de dichas corporaciones y. Subsec. (B) (8). Pub. L. 99514. 321 (a), eliminado par. En el caso de una opción otorgada después del 31 de diciembre de 1980. En virtud de los términos del plan, el valor justo de mercado agregado (determinado a partir del momento en que se otorga la opción) de la acción para la cual cualquier empleado Puede recibir opciones de acciones de incentivo en cualquier año calendario (bajo todos los planes de la corporación de su empleador y su matriz y sociedad subsidiaria) no excederá de 100,000 más cualquier límite de transferencia no utilizado a dicho año. Subsec. C) (1). Pub. L. 99514. 321 (b) (2), sustituye el párrafo (7) de la subsección (b) por el párrafo (8) de la subsección (b) y el párrafo (4) de esta subsección. Subsec. (C) (4). Pub. L. 99514. 321 (b) (1), rediseñado par. (5) como (4) y eliminado el par anterior. (4) relativa al remanente del límite no utilizado. Subsec. (C) (5), (6). Pub. L. 99514. 321 (b) (1) (B), pars. (6) y (8) como (5) y (6), respectivamente. Antiguo par. (5) rediseñado (4). Subsec. (C) (7). Pub. L. 99514. 321 (b) (1), rediseñado par. (9) como (7) y eliminado el par anterior. (7) que establecía que para los fines del inciso (B) (7) cualquier opción de compra de acciones de incentivo será tratada como pendiente hasta que dicha opción haya sido ejercida en su totalidad o haya vencido debido a un lapso de tiempo. Subsec. (C) (8). Pub. L. 99514. 321 (b) (1) (B), designado nuevamente par. (10) como (8). Antiguo par. (8) rediseñado (6). Subsec. (C) (9). Pub. L. 99514. 321 (b) (1) (B), designado nuevamente par. (9) como (7). Pub. L. 99514. 1847 (b) (5), sección sustituida 22 (e) (3) para la sección 37 (e) (3). Subsec. (C) (10). Pub. L. 99514. 321 (b) (1) (B), designado nuevamente par. (10) como (8). 1984Subsec. (C) (9). Pub. L. 98369. 2662 (f) (1), sección sustituida 37 (e) (3) para la sección 105 (d) (4). 1983Subsec. (B) (8). Pub. L. 97448. 102 (j) (1), opciones de compra de incentivos concedidas sustituidas para opciones otorgadas. Subsec. C) (1). Pub. L. 97448. 102 (j) (2), sustituido Los esfuerzos de buena fe para valorar el stock para el ejercicio de la opción cuando el precio es menor que el valor de la acción como par. (1) del encabezamiento y de la frase insertada, siempre y cuando, en la medida en que lo disponga el Secretario, se aplique una regla similar a la ya enunciada en el párrafo a los efectos de la par. (8) del inciso (B) y el par. (4) del inciso (do). Subsec. (C) (2) (A). Pub. L. 97448. 102 (j) (3), sustituido cualquiera de los períodos para el período de 2 años. Subsec. (C) (4) (A) (ii). Pub. L. 97448. 102 (j) (4), opciones de compra de incentivos concedidas sustituidas para opciones otorgadas. Fecha de vigencia de 1988 Enmienda Enmienda por Pub. L. 100647 en vigor, salvo disposición en contrario, como si estuviera incluido en la disposición de la Ley de Reforma Tributaria de 1986, Pub. L. 99514. a la que se refiere dicha enmienda, véase la sección 1019 (a) del Pub. L. 100647. se indica en la sección 1 del presente título. Fecha de vigencia de la Enmienda de 1986 Las enmiendas hechas por esta sección que modifica esta sección se aplicarán a las opciones otorgadas después del 31 de diciembre de 1986. Enmienda por sección 1847 (b) (5) de la Pub. L. 99514, salvo que se disponga lo contrario, como si estuviera incluido en las disposiciones de la Ley de reforma fiscal de 1984, Pub. L. 98369, div. A. a la que se refiere dicha enmienda, véase el artículo 1881 de la Publicación. L. 99514. que figura en la sección 48 de este título. La enmienda hecha por la subsección (a) (1) modificando esta sección se aplicará a las opciones otorgadas después del 20 de marzo de 1984, excepto que dicha subsección no se aplicará a cualquier opción de compra de acciones de incentivos otorgada antes del 20 de septiembre de 1984. A un plan adoptado o acción corporativa tomada por el consejo de administración de la corporación otorgante antes del 15 de mayo de 1984. Enmienda presentada por el artículo 2662 del Pub. L. 98369 efectiva como si estuviera incluida en la promulgación de las Enmiendas de la Seguridad Social de 1983, Pub. L. 9821. ver sección 2664 (a) del Pub. L. 98369. establecido como una nota bajo la sección 401 del Título 42. La Salud Pública y Bienestar. Fecha de vigencia de la Enmienda de 1983 Enmienda por Pub. L. 97448, salvo que se disponga lo contrario, como si se hubiera incluido en la disposición de la Ley de Impuesto sobre la Recuperación Económica de 1981, Pub. L. 9734. a la que se refiere dicha enmienda, véase la sección 109 de la Publicación. L. 97448. que figura en la sección 1 del presente título. (1) Opciones a las que se aplica la sección. Salvo lo dispuesto en el inciso (B), las enmiendas hechas por esta sección que promulgan esta sección y que enmendando los artículos 421, 425 ahora 424 y 6039 de este título serán aplicables con respecto a las opciones otorgadas a partir del 1 de enero de 1976. O después del 1 de enero de 1981. o pendientes en dicha fecha. (B) Elección y designación de opciones. En el caso de una opción otorgada antes del 1 de enero de 1981. las enmiendas hechas por esta sección se aplicarán solamente si la corporación que otorga dicha opción elige (de la manera y en el momento que el Secretario del Tesoro o su delegado) Las enmiendas hechas por esta sección se aplican a dicha opción. El valor justo de mercado agregado (determinado al momento de otorgarse la opción) de la acción para la cual se le otorgó opciones a un empleado (bajo todos los planes de su corporación empleadora y su matriz y subsidiarias) al cual se aplican las enmiendas hechas por este artículo No excederá de 50.000 por año calendario y no excederá de 200.000 en total. (2) Cambios en términos de opciones. En el caso de una opción otorgada a partir del 1 de enero de 1976. y pendiente en la fecha de promulgación de esta Ley el 13 de agosto de 1981, el párrafo (1) de la sección 425 (h) del Código de Rentas Internas de 1986 IRC 1954 no se aplicará a ningún cambio en los términos de dicha opción (o los términos del plan bajo el cual otorgó, incluyendo la aprobación de los accionistas) hechos dentro de un año después de dicha fecha de promulgación para permitir que dicha opción califique como una opción de acción de incentivo. Para las disposiciones que nada en la enmienda por Pub. L. 101508 se interpretará como afectando el tratamiento de ciertas transacciones ocurridas, bienes adquiridos o partidas de ingresos, pérdidas, deducciones o créditos tomados en cuenta antes del 5 de noviembre de 1990. Para efectos de determinar el pasivo por impuestos para los períodos que terminen después de noviembre 5, 1990. ver sección 11821 (b) del Pub. L. 101508. se consigna como nota en la sección 45K de este título. Tratamiento de Opciones como Opciones de Compra de Incentivos En el caso de una opción otorgada después del 31 de diciembre de 1986 y en o antes de la fecha de promulgación de esta Ley el 10 de noviembre de 1988, dicha opción no será tratada como opción de incentivo si: Los términos de dicha opción se enmendarán antes de la fecha 90 días después de dicha fecha de promulgación para establecer que dicha opción no será tratada como una opción de acción de incentivo. Modificaciones del Plan No Requeridas Hasta el 1 de Enero de 1989 Para disposiciones que dicten que si cualquier enmienda hecha por el subtítulo A o el subtítulo C del título XI 11011147 y 11711177 o el título XVIII 18001899A del Pub. L. 99514 requieren una enmienda a cualquier plan, no se requerirá que dicha enmienda sea hecha antes del primer año del plan comenzando en o después del 1 de enero de 1989. ver sección 1140 del Pub. L. 99514. en su forma enmendada, que figura como nota en la sección 401 de este título. Determinaciones por escrito para esta sección Estos documentos, a veces referidos como Sentencias de Carta Privada, se toman de la página de Determinaciones Escritas del IRS, el IRS también publica una explicación más completa de lo que son y lo que significan. La colección se actualiza (al final) todos los días. Parece que el IRS actualiza su listado cada viernes. Tenga en cuenta que el IRS a menudo los títulos de los documentos de una manera muy simple vainilla, duplicación. No asuma que los documentos con el mismo título son iguales, o que un documento posterior reemplaza a otro con el mismo título. Eso es poco probable que sea el caso. Las fechas de publicación aparecen exactamente como las obtenemos del IRS. Algunos están claramente equivocados, pero no hemos hecho ningún intento de corregirlos, ya que no tenemos forma de adivinar correctamente en todos los casos, y no deseamos añadir a la confusión. Truncamos resultados en 20000 artículos. Después de eso, usted está en su own. Incentive Acuerdo de Opción de Compra concedido bajo 2010 Incentive Plan de Acciones 1. Concesión de la opción. Este acuerdo evidencia la concesión por Zipcar, Inc. una corporación de Delaware (la 147 Compañía 148), sobre. 20 (la 147 Fecha de la Donación 148) a. Un Empleado de la Sociedad (el 147 Participante 148), de una opción de compra total o parcial, en los términos previstos en el presente y en el Plan de Incentivos de Acciones de la Compañía 146 (el Plan 147 148), un total de acciones (147 acciones ordinarias 148) por acción, que es el valor justo de mercado de una acción ordinaria en la fecha de la donación. El plazo de las Acciones será de diez años después de la Fecha de la Donación (la Fecha Final de Ejercicio 148), sujeto a la terminación anterior en el caso de la terminación del Participante como se especifica en la Sección 3 siguiente. La aceptación de esta opción significa la aceptación de los términos de este acuerdo y del Plan, una copia de la cual se ha proporcionado al Participante. Se pretende que la opción evidenciada por este acuerdo sea una opción de compra de acciones de incentivos, tal como se define en la Sección 422 del Código de Rentas Internas de 1986, según enmendada, y cualquier reglamento promulgado en virtud del mismo. Excepto cuando se indique lo contrario por el contexto, se considerará que el término 147Participante 148, usado en esta opción, incluye a cualquier persona que adquiere el derecho de ejercer esta opción válidamente en sus términos. 2. Calendario de Vesting. Esta opción se ejercitará (147 chalecos 148) a 25 del número original de Acciones en el primer aniversario de la Fecha de Inicio de la Vencimiento ya una cantidad adicional de 2.0833 del número original de Acciones al final de cada mes sucesivo posterior al primer Aniversario de la Fecha de Inicio de la Vencimiento hasta el cuarto aniversario de la Fecha de Inicio de la Vesting, siempre que el Participante siga siendo empleado de la Compañía. Para los fines de este Acuerdo, se entenderá por "Fecha de Inicio de la Compraventa". 20. Salvo que se especifique específicamente en este documento, el Participante debe ser empleado en una fecha de adquisición para que se produzca la adquisición. No habrá ninguna adquisición proporcional o parcial en el período anterior a cada fecha de consolidación, y toda adquisición se producirá solamente en la fecha de consolidación apropiada. El derecho de ejercicio será acumulativo de manera que en la medida en que la opción no se ejerza en cualquier período en la medida en que sea posible, continuará ejerciéndose, total o parcialmente, con respecto a todas las Acciones para las que esté Anterior de la Fecha de Ejercicio Final o la terminación de esta opción bajo la Sección 3 de este documento o el Plan. 3. Ejercicio de Opción. (A) Forma de Ejercicio. Cada elección para ejercer esta opción deberá ir acompañada de un Aviso de Ejercicio de Opciones sobre Acciones completado en el formulario adjunto como Anexo A. Firmado por el Participante y recibido por la Sociedad en su oficina principal, acompañado de este acuerdo, y el pago total en la forma prevista en el Plan. El Participante podrá comprar menos que el número de acciones cubiertas por la presente, siempre y cuando no se haga ejercicio parcial de esta opción para cualquier acción fraccionaria o para menos de diez acciones enteras. (B) Relación continua con la Compañía requerida. Salvo que se disponga lo contrario en esta Sección 3, esta opción no podrá ejercerse a menos que el Participante, al momento en que ejerza esta opción, sea, y haya estado en todo momento desde la Fecha de la Subvención, un empleado o funcionario o consultor O consejero de la Compañía o de cualquier padre o subsidiaria de la Compañía según se define en la Sección 424 (e) o (f) del Código (un Participante Elegible148). (C) Terminación de relación con la Compañía. Si el Participante deja de ser un Participante Elegible por cualquier motivo, entonces, salvo lo dispuesto en los párrafos (d) y (e) siguientes, el derecho de ejercer esta opción terminará tres meses después de dicha cesación (pero en ningún caso después de la Fecha de Ejercicio), siempre que esta opción sólo pueda ejercerse en la medida en que el Participante tuviera derecho a ejercer esta opción en la fecha de dicha cesación. Sin perjuicio de lo anterior, si el Participante, antes de la Fecha de Ejercicio Final, viola las disposiciones de no competencia o confidencialidad de cualquier contrato de trabajo, confidencialidad y acuerdo de no divulgación u otro acuerdo entre el Participante y la Compañía, el derecho de ejercer esta opción terminará Inmediatamente después de dicha violación. (D) Período de ejercicio después de la muerte o incapacidad. Si el Participante muere o se incapacita (en el sentido de la Sección 22 (e) (3) del Código) antes de la Fecha de Ejercicio Final mientras sea un Participante Elegible y la Compañía no haya terminado dicha relación por la causa148 especificada En el apartado (e) siguiente, esta opción podrá ejercitarse, dentro del período de un año después de la fecha de fallecimiento o de incapacidad del Participante, por el Participante (o en caso de fallecimiento por un cesionario autorizado), siempre que esta opción Sólo podrá ejercerse en la medida en que esta opción fuera ejercida por el Participante en la fecha de su fallecimiento o incapacidad, y siempre que esta opción no pueda ejercerse después de la Fecha de Ejercicio Final. (E) Terminación por Causa. Si, antes de la Fecha de Ejercicio Final, el empleo del Participante es terminado por la Compañía por Causa (como se define más adelante), el derecho de ejercer esta opción terminará inmediatamente después de la fecha efectiva de dicha terminación de empleo. Si el Participante es parte de un contrato de empleo o de separación con la Compañía que contenga una definición de 147 causa148 para la terminación del empleo, 147Cause148 tendrá el significado atribuido a tal término en tal acuerdo. De lo contrario, 147Cobre148 significará una mala conducta intencional del Participante o una omisión intencional por parte del Participante de llevar a cabo sus responsabilidades ante la Compañía (incluyendo, sin limitación, el incumplimiento por el Participante de cualquier disposición de cualquier empleo, consultoría, Competencia u otro acuerdo similar entre el Participante y la Sociedad), según lo determine la Sociedad, cuya determinación será concluyente. Se considerará que el Participante ha sido dado de alta por Causa si la Compañía determina, dentro de los 30 días posteriores a la renuncia del Participante146, que se justifica el alta por causa justificada. 4. Derecho de Preferencia de la Empresa. (A) Aviso de Transferencia Propuesta. Si el Participante se propone vender, ceder, transferir, comprometer, hipotecar o enajenar de otro modo, de oficio o de otro modo (colectivamente, 147) las Acciones adquiridas con el ejercicio de esta opción, el Participante deberá dar aviso por escrito de la propuesta Transferencia (el Aviso de Transferencia148) a la Compañía. La Notificación de Transferencia nombrará al cesionario propuesto y declarará el número de dichas Acciones que el Participante propone transferir (las 147 Acciones Autorizadas148), el precio por acción y todos los demás términos y condiciones materiales de la transferencia. (B) Derecho de Compra de la Compañía. Durante los 30 días siguientes a la recepción de dicha Notificación de Transferencia, la Compañía tendrá la opción de comprar la totalidad o parte de las Acciones Ofrecidas al precio y en los términos establecidos en la Notificación de Transferencia. En caso de que la Compañía opte por comprar la totalidad o parte de las Acciones Ofrecidas, deberá notificar por escrito dicha elección al Participante dentro de dicho período de 30 días. Dentro de los 10 días siguientes a la recepción de dicha notificación, el Participante deberá presentar a la Sociedad en sus oficinas principales el certificado o los certificados representativos de las Acciones Ofrecidas a adquirir por la Sociedad, debidamente endosados ​​en blanco por el Participante o con acciones debidamente endosadas Todas las facultades vinculadas a la misma, todo ello en forma adecuada para la transferencia de las Acciones Ofrecidas a la Sociedad. Inmediatamente después de recibir dicho certificado o certificados, la Compañía entregará o enviará por correo al Participante un cheque en pago del precio de compra de dichas Acciones Ofrecidas, siempre y cuando las condiciones de pago establecidas en la Notificación de Transferencia no fueran efectivo contra entrega, La Sociedad podrá pagar las Acciones Ofrecidas en los mismos términos y condiciones que se establecen en la Notificación de Transferencia y siempre que cualquier demora en el pago no invalide el ejercicio de la opción de compra de las Acciones Ofrecidas por la Sociedad. (C) Acciones No Compradas por la Compañía. Si la Sociedad no opta por adquirir la totalidad de las Acciones Ofrecidas, el Participante podrá transferir, en el plazo de 30 días siguientes a la expiración de la opción otorgada a la Sociedad en virtud de la subsección (b) anterior, las Acciones Ofrecidas que la Sociedad no haya Elegido para adquirir al cesionario propuesto, siempre que dicha transferencia no se realice en términos y condiciones más favorables para el cesionario que los contenidos en la Notificación de Transferencia. Sin perjuicio de lo anterior, todas las Acciones Ofertadas transferidas de conformidad con esta Sección 4 permanecerán sujetas al derecho de preferencia establecido en esta Sección 4 y dicho cesionario, como condición para dicha transferencia, entregará a la Compañía un instrumento escrito que confirme Que dicho cesionario estará obligado por todos los términos y condiciones de esta Sección 4. (d) Consecuencias de la No Entrega. Después de la fecha en que las Acciones Ofrecidas deban entregarse a la Compañía para ser transferidas a la Compañía conforme a la subsección (b) anterior, la Compañía no pagará dividendos al Participante a cuenta de dichas Acciones Ofrecidas o permitirá que el Participante Ejercerá cualquiera de los privilegios o derechos de un accionista con respecto a dichas Acciones Ofrecidas, pero, en la medida en que lo permita la ley, tratará a la Sociedad como el propietario de dichas Acciones Ofrecidas. E) Transacciones exentas. Las siguientes transacciones estarán exentas de las disposiciones de esta Sección 4: (1) cualquier transferencia de Acciones al cónyuge, hijo o nieto del Participante o para beneficio de éste, oa un fideicomiso en su beneficio (2) A una declaración de registro efectiva presentada por la Compañía bajo la Ley de Valores de 1933, según enmendada (la Ley de Valores 147) y (3) la venta total o sustancial de todas las acciones en circulación de la Compañía (incluyendo una fusión O consolidación). sin embargo . Que en el caso de una transferencia conforme a la cláusula (1) anterior, dichas Acciones permanecerán sujetas al derecho de preferencia establecido en esta Sección 4 y dicho cesionario, como condición para dicha transferencia, entregará a la Compañía una Instrumento que confirme que dicho cesionario estará obligado por todos los términos y condiciones de esta Sección 4. (f) Cesión de Derecho de la Compañía. La Sociedad podrá ceder sus derechos de compra de Acciones Ofrecidas en cualquier transacción particular bajo esta Sección 4 a una o más personas o entidades. (G) Terminación. Las disposiciones de esta Sección 4 terminarán cuando: (1) el cierre de la venta de acciones ordinarias en una oferta pública suscrita de acuerdo con una declaración de registro efectiva presentada por la Compañía bajo la Ley de Valores o ( 2) la venta de la totalidad o la mayoría de las acciones en circulación del capital social, activos o negocios de la Compañía, por fusión, consolidación, venta de activos o de otro tipo (excepto una fusión o consolidación en la que todos o sustancialmente todos los individuos Y las entidades que eran propietarios efectivos de los valores con derecho a voto de la Compañía inmediatamente antes de dicha transacción, son propietarias, directa o indirectamente, de más de 75 (determinados en base a conversión) de los valores en circulación con derecho a voto general en la elección de directores de la Resultante, sociedad sobreviviente o adquirente en dicha transacción). (H) Ninguna Obligación de Reconocer la Transferencia Inválida. No se exigirá a la Sociedad (1) que transfiera en sus libros ninguna de las Acciones que hayan sido vendidas o transferidas en violación de cualquiera de las disposiciones establecidas en esta Sección 4, o (2) tratar como propietario de dichas Acciones O pagar dividendos a cualquier cesionario a quien tales Acciones hayan sido vendidas o transferidas. (1) Como mínimo, el certificado representativo de las Acciones deberá llevar una leyenda sustancialmente en la siguiente forma: 147Las acciones representadas por este certificado están sujetas a un derecho de preferencia a favor de la Compañía, según lo dispuesto en un acuerdo de opción de compra con (2) Además, todos los certificados de Acciones entregados en virtud del presente Acuerdo estarán sujetos a tales órdenes de transferencia de suspensión y otras restricciones que la Sociedad considere oportunas de conformidad con las normas, reglamentos y otros requisitos de la Comisión de Valores, Sobre la cual se cotizan las acciones ordinarias de la Compañía o cualquier sistema nacional de intercambio de valores sobre cuyo sistema se cotiza la acción ordinaria de la Compañía o cualquier ley aplicable de valores, u otra ley aplicable, y la Compañía puede causar una leyenda o Leyendas que se pondrán en dichos certificados para hacer referencia apropiada a tales restricciones. 5. Acuerdo en conexión con la oferta pública inicial. El Participante acuerda, en relación con la oferta pública inicial suscrita de las Acciones Ordinarias conforme a una declaración de registro bajo la Ley de Valores, (i) no (a) ofrecer, prometer, anunciar la intención de vender, vender, Vender cualquier opción o contrato para comprar, comprar cualquier opción o contrato para vender, otorgar cualquier opción, derecho o warrant para comprar, o de otra manera transferir o disponer, directa o indirectamente, de acciones ordinarias u otros valores de la Compañía o (B) celebrar cualquier canje o cualquier otro acuerdo que transfiera total o parcialmente las consecuencias económicas de la propiedad de acciones ordinarias u otros valores de la Compañía, ya sea que se trate de cualquier transacción descrita en las cláusulas (a) o (b) ) Se liquidará mediante la entrega de valores en efectivo o de otro tipo durante el período que comienza a partir de la fecha de presentación de dicha declaración de registro ante la Comisión de Valores y Valores y terminará 180 días después de la fecha del folleto final relativo a la oferta (Más hasta un período adicional de 34 días en la medida en que lo soliciten los aseguradores gestores para dicha oferta a fin de atender la Regla 2711 (f) de la Asociación Nacional de Valores Comerciales, Inc. o cualquier otra disposición sucesora similar), y (ii) Ejecutar cualquier acuerdo que refleje la cláusula (i) anterior que pueda ser solicitado por la Compañía o los suscriptores gestores en el momento de dicha oferta. La Sociedad podrá imponer instrucciones de suspensión de la transferencia con respecto a las acciones ordinarias u otros valores sujetos a la restricción anterior hasta el final del período de bloqueo148. (A) Artículo 422 Requisito. Las Acciones que se conceden por el presente están destinadas a calificarse como 147 opciones de acciones de incentivo148 bajo la Sección 422 del Código. Sin perjuicio de lo anterior, las Acciones no podrán considerarse opciones de compra de acciones, si entre otras circunstancias: a) el Participante dispone de las Acciones adquiridas al ejercer esta opción dentro de los dos años siguientes a la Fecha de la Subvención o un año después de que dichas Acciones estuvieran (B) excepto en caso de fallecimiento o discapacidad del Participante (como se describe en la Sección 3 (d) anterior), el Participante no es empleado por la Compañía, una matriz o una subsidiaria en todo momento durante El período que comienza en la Fecha de la Subvención y termina en el día que es tres (3) meses antes de la fecha de ejercicio de cualquiera de las Acciones o (c) en la medida en que el valor justo de mercado agregado de las Acciones Que se convierten en ejercitables por primera vez en cualquier año calendario (bajo todos los planes de la Compañía, una matriz o una subsidiaria) excede 100,000. Para efectos de la cláusula de este párrafo, el valor de mercado justo148 de las Acciones se determinará a partir de la Fecha de la Subvención de acuerdo con los términos del Plan. (B) Descargo de Disposición. En la medida en que una acción no califique como opción de compra de acciones, 148 no afectará la validez de dichas Acciones y constituirá una opción de compra de acciones no calificada separada. En el caso de que el Participante disponga de las Acciones adquiridas en el ejercicio de esta opción en un plazo de dos años a partir de la Fecha de la Subvención o un año después de la adquisición de dichas Acciones conforme al ejercicio de esta opción, ) Días posteriores a dicha disposición, una notificación por escrito especificando la fecha en que se hayan dispuesto de dichas acciones, el número de acciones así dispues - tas y, si dicha disposición fuera por venta o intercambio, el monto de la contraprestación recibida. (C) Retención. Ninguna Acción será emitida de acuerdo con el ejercicio de esta opción a menos que y hasta que el Participante pague a la Compañía o haga provisión satisfactoria a la Compañía para el pago de cualquier retención federal, estatal o local requerida por la ley que sea retenida con respecto a esta opción. 7. No transferibilidad de la opción. Salvo que se disponga otra cosa en el presente, esta Opción no podrá ser vendida, cedida, transferida, comprometida o gravada de otro modo por el Participante, voluntariamente o por aplicación de la ley, excepto por voluntad o las leyes de ascendencia y distribución y durante la vigencia de El Participante, esta opción sólo podrá ser ejercitada por el Participante. 8. Ningún derecho como accionista. El Participante no tendrá derechos como accionista de la Compañía con respecto a ninguna acción común cubierta por las Acciones, a menos y hasta que el Participante se haya convertido en el tenedor del registro de dichas acciones comunes y no se hará ningún ajuste para dividendos u otra propiedad, distribuciones U otros derechos con respecto a dichas acciones ordinarias, salvo que específicamente se disponga lo contrario en el Plan. 9. Ninguna obligación de continuar el empleo. Este acuerdo no es un acuerdo de empleo. Este acuerdo no garantiza que la Compañía empleará al Participante durante un período de tiempo específico ni modificará en ningún sentido el derecho de la Compañía a terminar o modificar el empleo o la compensación del Participante. 10. Ley aplicable. Todas las preguntas referentes a la construcción, validez e interpretación de este acuerdo se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes del Estado de Delaware, sin tener en cuenta la elección de los principios legales de la misma. 11. Artículo 409A. La intención de las partes es que los beneficios bajo este acuerdo estén exentos de las disposiciones de la Sección 409A del Código y, en consecuencia, hasta el máximo permitido, este acuerdo se interpretará como limitado, interpretado e interpretado de acuerdo con tal intención. En ningún caso la Compañía será responsable de ningún impuesto adicional, intereses o penalidades que pueda ser impuesto al Participante por la Sección 409A del Código o cualquier daño por no cumplir con la Sección 409A del Código bajo este Contrato o de otra manera. 12. Disposiciones del Plan. Esta opción está sujeta a las disposiciones del Plan (incluyendo las disposiciones relacionadas con las enmiendas al Plan), una copia de la cual se entrega al Participante con esta opción. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la Compañía ha hecho que esta opción sea ejecutada bajo su sello corporativo por su funcionario debidamente autorizado. Esta opción tendrá efecto como instrumento sellado. Número de Seguro Social del (de los) Titular (es). Yo represento, garantizo y pacto lo siguiente: 1. Estoy comprando las Acciones para mi propia cuenta sólo para inversión, y no con vistas a, o para la venta en relación con, ninguna distribución de las Acciones en violación de la Ley de Valores de 1933 (la Ley de Sectores 147), o cualquier regla o reglamento bajo la Ley de Valores. He tenido la oportunidad que he considerado adecuada para obtener de los representantes de la Compañía la información que sea necesaria para permitirme evaluar los méritos y riesgos de mi inversión en la Compañía. Tengo experiencia suficiente en asuntos de negocios, financieros y de inversión para poder evaluar los riesgos involucrados en la compra de las Acciones y tomar una decisión de inversión informada con respecto a dicha compra. Puedo permitir una pérdida total del valor de las Acciones y puedo soportar el riesgo económico de mantener dichas Acciones por un período indefinido. Entiendo que (i) las Acciones no han sido registradas bajo la Ley de Valores y son valores restringidos148 en el sentido de la Regla 144 bajo la Ley de Valores, (ii) las Acciones no pueden ser vendidas, transferidas o de otra manera desechadas a menos que sean registradas posteriormente (Iii) en cualquier caso, la exención de registro bajo la Regla 144 no estará disponible por al menos un año e incluso entonces no estará disponible a menos que exista entonces un mercado público para el Common Stock, la información adecuada sobre la Compañía está disponible para el público y se cumplen otros términos y condiciones de la Regla 144 y (iv) ahora no hay ninguna declaración de registro en archivo con la Comisión de Bolsa y Valores con respecto a cualquier acción de La Compañía y la Compañía no tienen ninguna obligación o intención actual de registrar las Acciones bajo la Ley de Valores. Muy en verdad suyo, Enmiendas 1990 mdashPub. L. 101ndash508, título XI, sect. 11801 (b) (6), (c) (9) (A) (ii), 5 de noviembre de 1990, 104 Stat. 1388ndash522, 1388ndash524, eliminaron artículos 422 ldquoQualified stock optionsrdquo y 424 ldquoRestricted stock optionsrdquo y rediseñaron los artículos 422A y 425 como 422 y 424, respectivamente. 1981 mdashPub. L. 97ndash34, título II, sect. 251 (b) (6), 13 de agosto de 1981, 95 Stat. 259, agregó el artículo 422A. 1964 mdashPub. L. 88ndash272, título II, sección 221 (a), 26 de febrero de 1964, 78 Stat. 63, sustituyó las OPCIONES DE ACCIONES DE LOTEQUISTA por las DISPOSICIONES DIVERSAS de la parte II y las Reglas Generales para las opciones de compra de acciones por parte del empleado en el ítem 421 y añadió los artículos 422ndash425. Sect421. Reglas generales a) Efecto de la transferencia admisible Si se transfiere una parte de la acción a una persona física en una transferencia respecto de la cual se cumplen los requisitos de la sección 422 (a) o 423 (a) (1) (2) ninguna deducción en virtud del artículo 162 (en relación con los gastos comerciales o comerciales) podrá ser concedida en cualquier momento a la empresa empleadora, a la empresa matriz O una corporación subsidiaria de dicha corporación o una corporación que emita o asume una opción de compra de acciones en una transacción a la cual se aplica el artículo 424 (a) con respecto a la acción así transferida y (3) ninguna otra cantidad que no sea el precio pagado bajo la opción Ser considerada como recibida por cualquiera de dichas corporaciones por la acción así transferida. (B) Efecto de la disposición de descalificación Si la transferencia de una acción de acciones a un individuo conforme a su ejercicio de una opción cumpliría de otra manera los requisitos de la sección 422 (a) o 423 (a) excepto que no se cumple De los requisitos del período de tenencia de la sección 422 (a) (1) o 423 (a) (1), entonces cualquier aumento en los ingresos de esa persona o deducción de los ingresos de su corporación de empleador para el año contributivo en el cual dicho ejercicio ocurrió Atribuible a dicha disposición, se tratará como un aumento en los ingresos o una deducción de los ingresos en el año contributivo de tal individuo o de dicha corporación del empleador en la cual dicha disposición ocurrió. No se requerirá que se deduzca ni retenga ninguna cantidad en virtud del capítulo 24 con respecto a cualquier aumento en los ingresos atribuibles a una disposición descrita en la oración anterior. (1) En general Si una opción a la que se aplica esta parte se ejerce después de la muerte del empleado por la herencia del difunto o por una persona que adquirió el derecho de ejercer dicha opción por legado o herencia O en razón del fallecimiento del fallecido, las disposiciones de la subsección (a) se aplicarán en la misma medida que si la opción hubiera sido ejercida por el fallecido, excepto que: (A) el período de tenencia y los requisitos de empleo de los artículos 422 (a) ) Y 423 (a) no se aplicarán, y (B) cualquier transferencia por la herencia de la acción adquirida se considerará una disposición de dicha acción para los propósitos de la sección 423 (c). (2) Deducción por el impuesto a la herencia Si se requiere incluir un monto bajo la sección 423 (c) en el ingreso bruto de la sucesión del empleado fallecido o de una persona descrita en el párrafo (1) Tal persona una deducción con respecto al impuesto sobre patrimonio atribuible a la inclusión en el patrimonio gravable del empleado fallecido del valor neto para propósitos de impuesto a la herencia de la opción. Para este propósito, la deducción se determinará según la sección 691 (c) como si la opción adquirida del empleado fallecido fuera una partida de ingreso bruto con respecto al fallecido bajo la sección 691 y como si la cantidad incluible en el ingreso bruto de acuerdo con la sección 423 (C) fueron un monto incluido en el ingreso bruto bajo la sección 691 con respecto a dicho rubro de ingreso bruto. (3) Base de las acciones adquiridas En el caso de una acción adquirida mediante el ejercicio de una opción a la que se aplica el párrafo (1), la base de dicha acción incluirá tanto la base de la opción que sea atribuible A excepción de que la base de dicha acción se reducirá por el exceso (si lo hubiere) de (i) el monto que hubiera sido incluido en el ingreso bruto de acuerdo con la sección 423 (c) si el empleado hubiera ejercido la opción en la fecha De su fallecimiento y hubiera mantenido la parte adquirida en virtud de tal ejercicio en el momento de su fallecimiento, sobre (ii) el monto que sea incluido en el ingreso bruto bajo dicha sección y (B) la última oración de la sección 423 (c) Sólo en la medida en que la cantidad que pueda incluirse en los ingresos brutos de dicha sección exceda tanto de la base de la opción como sea atribuible a dicha acción. (D) Ciertas ventas para cumplir con los requisitos de conflicto de intereses (1) una parte de la acción se transfiere a una persona elegible (como se define en la sección 1043 (b) (1)) de acuerdo con dichas personas el ejercicio de una opción a la cual Esta parte es aplicable, y (2) dicha acción es eliminada por dicha persona de acuerdo con un certificado de desinversión (como se define en la sección 1043 (b) (2)), dicha disposición será considerada como satisfaciendo los requisitos de la sección 422 (a ) (1) o 423 (a) (1), según sea aplicable. (16 de agosto de 1954, capítulo 736, 68A Stat. 142 Pub. L. 85ndash320, sect1, 11 de febrero de 1958, 72 Stat. 4 Pub. L. 85ndash866, título I, sectsect25, 26 (a), Sept (2), 1958, 72 Stat. 1623, 1624 Pub. L. 88ndash272, título II, sect. 221 (a), 26 de febrero de 1964, ), 13 de agosto de 1981, 95 Stat. 259 Pub. L. 101ndash508, título XI, sect. 11801 (c) (9) (B), 5 de noviembre de 1990, 104 Stat. 1388ndash524 Pub. L. 108ndash357, title II , Sect. 251 (b), título VIII, sección 905 (a), 22 de octubre de 2004, 118 Estatutos 1458, 1653.) Enmiendas 2004 mdashSubsec. (segundo). Pub. Se insertará el monto en el capítulo 24 con respecto a cualquier aumento en los ingresos atribuibles a una disposición descrita en la frase anterior. (re). Pub. L. 108ndash357, sect905 (a), añadió el subsec. (re). 1990 mdashSubsec. (un). Pub. (A) o 423 (a) rdquo para ldquo422 (a), 422A (a), 423 (a) o 424 (a) (A) rdquo en las disposiciones introductorias. Subsec. (A) (1). Pub. L. 101ndash508, sect11801 (c) (9) (B) (i) (II), eliminado a excepción de lo dispuesto en el artículo 422 (c) (1), rdquo before ldquono incomerdquo. Subsec. (A) (2). Pub. (101) (b) (i) (III), sustituido por ldquo424 (a) rdquo para ldquo425 (a) rdquo. Subsec. (segundo). Pub. (A) o 423 (a) para ldquo422 (a), 422A (a), 423 (a) o 424 (a) Rdquo y ldquo422 (a) (1) o 423 (a) (1), rdquo para ldquo422 (a) (1), 422A (a) (1), 423 (a) (1) o 424 (a) 1), rdquo. Subsec. (C) (1) (A). Pub. (I), ldquo422 sustituido (a) y 423 (a) rdquo para ldquo422 (a), 422A (a), 423 (a) y 424 (a) (A) rdquo. Subsec. (C) (1) (B). Pub. (B) (iii) (II), sustituido por la sección 423 (c) rdquo para ldquosecciones 423 (c) y 424 (c) (1) rdquo. Subsec. (C) (2), (3) (A). Pub. (Iii) (III), sustituido por ldquo423 (c) rdquo para ldquo422 (c) (1), 423 (c), o 424 (c) (1) rdquo Dondequiera que aparezca. Subsec. (C) 3) (B). Pub. 423 (c) (b) (iii) (IV), (V), sustitución sustituida 423 (c) rdquo para ldquosecciones 422 (c) (1), 423 (c) y 424 ( C) (1) rdquo y ldquosuch sectionququo para ldquosquels secciones. 1981 mdashSubsecs. (A), (b), (c) (1) (A). Pub. L. 97ndash34 insertó referencias a la sección 422A (a) en los subsecs. (A), (b) y (c) (1) (A) y al artículo 422A (a) (1) en el subsec. (segundo). 1964 mdashPub. Entre otras modificaciones, introdujo disposiciones relativas al efecto de una transferencia admisible ya la base de las acciones adquiridas cuando una opción es ejercida por un patrimonio, y omitió las disposiciones relativas al tratamiento de las opciones sobre acciones restringidas, Una regla especial donde el precio de la opción estaba entre el 85 por ciento y el 95 por ciento del valor de la acción, adquisición de nuevas acciones, definiciones, modificación, ampliación o renovación de la opción, y reorganizaciones corporativas, liquidaciones, etc. . 1958 mdashSubsec. (un). Pub. L. 85ndash866, secc. 25, frase insertada que autoriza la sustitución de una persona jurídica o corporativa que emite o asume una opción de compra de acciones en una transacción a la que se aplica la subsección (g) para la "sociedad del empresario". Subsec. (D) (6) (C). Pub. L. 85ndash320 añadió el subpar. (DO). Subsec. (D) (1) (A) (ii). Pub. El precio de compra de la acción bajo la opción es fijo o determinable bajo una fórmula en la cual la única variable es el valor de la acción Stock en cualquier momento durante un período de 6 meses que incluye el momento en que se ejerce la opción e insertó ldquofairrdquo antes de ldquomarket valuerdquo. Subsec. (D) (7). Pub. Dicho término no incluirá ninguna opción si (a partir del momento en que se otorga la opción) los términos de dicha opción establecen que no se tratará como una opción de compra de acciones de incentivo. (C) Reglas especiales (1) Esfuerzos de buena fe en el valor de las acciones Si una parte de la acción se transfiere de acuerdo con el ejercicio por parte de un individuo de una opción que no podría calificarse como una opción de acción de incentivo bajo la subsección (b) Un fallo en un intento, hecho de buena fe, de cumplir con el requisito de la subsección (b) (4), se considerará que se ha cumplido el requisito de la subsección (b) (4). En la medida prevista en los reglamentos por el Secretario, una regla similar se aplicará a los propósitos de la subsección (d). (3) Ciertas transferencias por parte de personas insolventes Si un individuo insolvente tiene una participación en acciones adquiridas en virtud de su ejercicio de una opción de incentivo, y si dicha acción se transfiere a un fideicomisario, receptor u otro fiduciario similar en cualquier procedimiento bajo el título 11 O cualquier otro procedimiento similar de insolvencia, ni dicha transferencia, ni ninguna otra transferencia de dicha acción para el beneficio de sus acreedores en dicho procedimiento, constituirá una disposición de dicha acción para los fines de la subsección (a) (1). El apartado (B) se aplicará a una transferencia de propiedad (excepto en efectivo) sólo si el artículo 83 se aplica a la propiedad así transferida. (5) Regla de accionistas del 10 por ciento El inciso (b) (6) no se aplicará si al momento de otorgarse la opción el precio de la opción es por lo menos el 110 por ciento del valor justo de mercado de las acciones sujetas a la opción y Sus términos no podrán ejercerse después de la expiración de 5 años a partir de la fecha en que se otorgue dicha opción. (6) Regla especial cuando está inhabilitada Para los propósitos de la subsección (a) (2), en el caso de un empleado incapacitado (en el sentido de la sección 22 (e) (3)), el período de 3 meses de la subsección A) (2) será de 1 año. (7) Justo valor de mercado Para efectos de esta sección, el valor justo de mercado de la acción se determinará sin tener en cuenta cualquier restricción que no sea una restricción que, por sus términos, nunca caducará. (2) Regla de ordenación El párrafo (1) se aplicará teniendo en cuenta las opciones en el orden en que fueron concedidas. (3) Determinación del valor justo de mercado Para efectos del párrafo (1), el valor justo de mercado de cualquier acción se determinará a partir del momento en que se conceda la opción con respecto a dicha acción. Subsec. (A) (2). Pub. Subsec. (C) (5) a (8). Pub. (6) a (8) como (5) a (7), respectivamente, y eliminado el par anterior. (segundo). Pub. (B) (7). Pub. C) (1). Pub. Subsec. Pub. (B) (7). Pub. (7) y eliminó el par anterior. Subsec. (B) (8). Pub. C) (1). Pub. Subsec. (C) (4). Pub. (5) como (4) y eliminado el par anterior. (4) relativa al remanente del límite no utilizado. Subsec. (C) (5), (6). Pub. (6) y (8) como (5) y (6), respectivamente. Antiguo par. (5) rediseñado (4). Subsec. (C) (7). Pub. (9) como (7) y eliminado el par anterior. (7) que establecía que para los fines del inciso (B) (7) cualquier opción de compra de acciones de incentivo será tratada como pendiente hasta que dicha opción haya sido ejercida en su totalidad o haya vencido debido a un lapso de tiempo. Subsec. (C) (8). Pub. (10) como (8). Antiguo par. (8) rediseñado (6). Subsec. (C) (9). Pub. (9) como (7). Pub. Subsec. (C) (10). Pub. (10) como (8). (C) (9). Pub. Subsec. (C) (10). Pub. (B) (8). Pub. Subsec. C) (1). Pub. (1) del encabezamiento y de la frase insertada, siempre y cuando, en la medida en que lo disponga el Secretario, se aplique una regla similar a la ya enunciada en el párrafo a los efectos de la par. (8) del inciso (B) y el par. (4) del inciso (do). Subsec. (C) (2) (A). Pub. Subsec. (C) (4) (A) (ii). Pub. Fecha de vigencia de 1988 Enmienda Enmienda por Pub. Fecha de vigencia de la Enmienda de 1983 Enmienda por Pub. El valor justo de mercado agregado (determinado al momento de otorgarse la opción) de la acción para la cual se le otorgó opciones a un empleado (bajo todos los planes de su corporación empleadora y su matriz y subsidiarias) al cual se aplican las enmiendas hechas por este artículo No excederá de 50.000 por año calendario y no excederá de 200.000 en total. A los efectos de los párrafos (3) a (9), inclusive, cuando términos adicionales estén contenidos en una oferta hecha bajo un plan, dichos términos adicionales serán considerados como parte de los términos de Dicho plan. Si el precio de la opción no es fijo o determinable en el momento en que se otorga la opción, entonces para los fines de esta subsección, el precio de la opción se determinará como si la opción fuera ejercida en ese momento. En el caso de la disposición de dicha participación por el individuo, la base de la participación en sus manos en el momento de dicha disposición se incrementará en un monto igual al monto que pueda incluirse en su ingreso bruto. No se requerirá que se deduzca ni retenga ningún monto en virtud del capítulo 24 con respecto a cualquier cantidad que se considere como compensación bajo esta subsección. (do). Pub. (un). Pub. Subsec. (A) (2). Pub. Subsec. (B) (3). Pub. (B) (4) (D). Pub. (A) (1). Pub. (A) (1). Pub. Pub. Pub. Subsec. (un). Pub. Subsec. Pub. Subsec. Pub. Subsec. Pub. Subsec. Pub. Subsec. Pub. Pub. C) (1). Pub. C) (1). Pub. Subsec. (C) (4). Pub. (4). Pub. C) (1). Pub. Subsec. Pub. Subsec. Pub. Pub. Subsec. Pub. Subsec. Pub. Fecha de vigencia de 1988 Enmienda Enmienda por Pub.

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